Los empleados lesionados tienen derecho a cambiar ‘médico de compensación de una vez a lo largo del curso de su reclamación sin la aprobación de la Junta Estatal de Trabajadores de Atlanta sus trabajadores de Compensación. Esto es válido para los casos en los que el médico inicial del empleado se selecciona de entre el panel de la patrona de los médicos, así como cuando el empleador no tenía panel y el trabajador selecciona su propio médico.
Su Derecho a Cambiar de Médico de Compensación de Trabajadores
Si usted no se siente que está recibiendo el nivel de tratamiento médico y la atención que necesita de su médico tratante, usted tiene el derecho de seleccionar otro proveedor. Ya que su médico es el que dicta su cuidado y el estado de su lesión en el trabajo, es vital contar con un médico con quien se sienta cómodo. O.C.G.A. 34-9-201 (b) (1) proporciona a los trabajadores el derecho a cambiar de médico sin la aprobación de la Junta una vez durante el curso de la demanda de la remuneración de sus trabajadores. Si ha seleccionado su médico desde un panel de médicos, el segundo médico que usted elija debe ser también de la lista.
Si no había un panel de médicos disponibles cuando usted se lesionó y se seleccionó su propio médico, usted está obligado a informar a su empleador quien su médico tratante es. Este médico será entonces su proveedor de atención médica autorizado para su caso. Si así lo desea, usted tiene el derecho de elegir a un nuevo médico de su elección una vez en cualquier momento sin la aprobación previa de su empleador o de la Junta.
Los estatutos señalan que “cualquier cambio adicional de médico o tratamiento debe ser de acuerdo OCGA 39-9-201 y la Junta Regla 200. “
Cambios Aprobado Por la Junta en Médicos de Compensación de Trabajadores
Si desea cambiar su médico por segunda vez, necesitará la aprobación de la Junta Estatal de Georgia de Compensación de Trabajadores. Todas las partes tendrán que ponerse de acuerdo sobre el cambio, y usted o su empleador tendrán que presentar el Formulario WC-200a a la Junta. Si las partes no pueden ponerse de acuerdo sobre un nuevo médico, entonces usted o su empleador tendrá que presentar un Formulario de WC-200b en busca de un cambio de médico. La Junta revisará la documentación y tomara una decisión sobre si debe o no aprobar la solicitud de un cambio en los médicos.
A continuación se presentan algunos de los factores que la Junta tendrá en cuenta a la hora de revisar la solicitud de un cambio en los médicos:
- La existencia de objeciones al cambio;
- El tipo de lesión (y si el nuevo proveedor potencial puede acomodar adecuadamente este tipo de lesión);
- Los hechos sobre los médicos que aparecen en el panel;
- La historia de el reclamante de cambios anteriores en médicos;
- Una comparación de las distancias de viaje para el trabajador al médico actual y propuesta;
- Las barreras lingüísticas entre el empleado y el médico;
- Calificaciones de los médicos; y
- La reputación del médico a partir del cual el trabajador está buscando cuidado.
Conseguir el Cuidado Apropiado Que Se Merece
Si tiene preguntas sobre el caso de compensación de trabajadores, llame a nuestros abogados en Bader Scott Injury Lawyers. Contáctenos hoy al (404) 888-8888 para una consulta inicial, gratis.